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COMISION PERMANENTE DE ORDENAMIENTO URBANO Y PLANEAMIENTO MUNICIPAL.

Honorable Concejo Deliberante Moreno

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:

La convocatoria del Departamento Ejecutivo para la reforma del Código de Zonificación vigente.

CONSIDERANDO:

Que: para una adecuada reforma del Código de Zonificación del Partido de Moreno resulta imprescindible el abordaje de EJES DE TRABAJO garantizando una amplia participación ciudadana.

Que: Que la complejidad de los EJES DE TRABAJO a abordar requiere un análisis pormenorizado contando con la mayor cantidad de datos y actores involucrados posible para la toma de decisiones adecuadas.

Que:para evitar el anquilosamiento de la norma resulta fundamental que se prevea un mecanismo de adecuación permanente.

Que: constituir una que integre al Departamento Ejecutivo, el Departamento Deliberativo, representantes de instituciones locales, e invitados, que elaboren dictámenes de carácter vinculante permitirá una readecuación constante del Código de Zonificación evitando su desactualización y promoviendo la participación y el compromiso ciudadano con tan trascendente cuestión.

Por todo ello, el HCD en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo Primero: Créase la que estará integrada por miembros permanentes e invitados de acuerdo con el siguiente detalle:

La Presidencia de la Comisión será ejercida por el Sr. Intendente Municipal y la Secretaría por un miembro del Honorable Concejo Deliberante.

El Presidente del Instituto de Desarrollo Urbano Ambiental y Regional actuará como miembro Coordinador.

Artículo Segundo: La Comisión que se crea por el artículo primero tendrá las siguientes funciones:

Artículo Tercero: Los miembros de la Comisión desempeñarán los cargos “ad-honorem”, y contarán para su cometido con el apoyo técnico de los distintos organismos municipales, los que facilitarán y/o elaborarán los informes que se le requieran.

Artículo Cuarto: Establécese que la Comisión que se crea por la presente Ordenanza, dictará su propio reglamento interno y de funcionamiento, debiendo el Miembro Coordinador arbitrar las medidas que en un plazo no mayor de 30 (treinta) días de promulgada la presente, la misma quede constituida.

Artículo Quinto: La Comisión producirá informes semestrales para el Departamento Ejecutivo y el Honorable Concejo Deliberante.

Artículo Sexto: De forma.-

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Honorable Concejo Deliberante de Moreno. Martínez Melo 51. TÉL: 463-1470.

Oficina 31: Concejal: Marcelo V. Argentino, Asesor: Enrique Cimino, Secretaría: Noelia Martini, Colaboración ad honorem: Mariana López. Interno: 130.

Oficina 33: Concejal: María Clara Mungai. Asesor: Néstor Mangieri. Secretaría: Susana Maturi. Colaboración ad honorem: Jorge Bruni. Interno: 132

Oficina 32: Secretario de Bloque: Ricardo Fortín.

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